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Nuevos plazos para tarjetas de crédito en un pago
Analizamos la comunicación “A” 7305 del BCRA del pasado viernes 11/06/2021 que será efectiva a partir del 01/07/2021.
11 de Junio de 2021
Pocas cosas mejores para cerrar un Viernes que un anuncio con cambios en el mundo de las tarjetas de crédito. El pasado viernes 11/06/2021 se publicó sin mucha prensa, hasta el momento, la comunicación “A” 7305 del BCRA.
La comunicación detalla varios cambios en los plazos máximos de liquidación a comercios, pero solo para pagos con tarjetas de crédito en una cuota. Los cambios regirán a partir del Jueves 01/07/2021.
Nuevos plazos de pago
Hasta ahora, los plazos de pago son los siguientes:
Tipo de tarjeta Tipo de pago Plazo de pago
Débito Contado 2 días hábiles
Crédito Contado 10 días hábiles o 2 días hábiles *1
Crédito Cuotas 2 días hábiles *2
Crédito Planes Ahora 10 días hábiles
Prepaga Contado 10 días hábiles o 2 días hábiles *1
*1 - La ley indica 10 días, pero hay servicios de adelanto que ofrecen las procesadoras y los bancos que pueden cambiar el plazo.
*2 - El plazo puede variar si se acuerda algo distinto por medio de un acuerdo bancario.
A partir del 01/07/2021
Tipo de tarjeta Tipo de pago Plazo de pago
Débito Contado 2 días hábiles (Sin cambios)
Crédito Contado 8,10 o 18 días, depende de quién sos
Crédito Cuotas 2 días hábiles (Sin cambios)
Crédito Planes Ahora 10 días hábiles (Sin cambios)
Prepaga Contado 8, 10 o 18 días hábiles, depende de quién sos *3
*3 - Técnicamente el anuncio no las menciona, pero una prepaga funciona como una tarjeta de crédito, por lo cual va a sufrir los mismos cambios.
Decime cuánto vendés y te diré cuándo cobrás
El comunicado indica lo siguiente:
Tipo de empresa Actividad Plazo de pago
Personas humanas *4 Todas 8 días hábiles
Micro Todas 8 días hábiles
Pequeña Todas 8 días hábiles
Mediana Todas 10 días hábiles
Grande Servicios de alojamiento, turismo, gastronomía y/o salud 10 días hábiles
Grande El resto de las actividades 18 días hábiles
*4 - Asumo que monotributistas y autónomos entran en este grupo, entendemos que todo lo que no sean empresas.
Estos cambios siguen la línea de beneficios fiscales a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyME), por lo que para saber qué categoría nos toca, debemos ver qué categorización tenemos en la AFIP, o podemos revisar los topes anuales definidos en el programa:
Categoría *5 Construcción Servicios Comercio Industria y minería Agropecuario
Micro $ 24.990.000 $ 13.190.000 $ 57.000.000 $ 45.540.000 $ 30.770.000
Pequeña $ 148.260.000 $ 79.540.000 $ 352.420.000 $ 326.660.000 $ 116.300.000
Mediana tramo 1 $ 827.210.000 $ 658.350.000 $ 2.588.770.000 $ 2.530.470.000 $ 692.920.000
Mediana tramo 2 $ 1.240.680.000 $ 940.220.000 $ 3.698.270.000 $ 3.055.200.000 $ 1.099.020.000
*5 - Si bien el comunicado no menciona explícitamente esto, los contadores que contactamos nos mencionaron que el certificado de MiPyME debería tener prioridad sobre la tabla informada. Dado que es posible que los procesadores o los bancos soliciten el certificado, conviene registrarse.
¿Y eso cómo impacta?
Qué buena pregunta. A menos que seas un comercio que vende más de $ 308 millones por mes, deberían de acreditarte antes, 2 días más temprano. Eso también implica que si tenés un servicio de adelanto de cupones, te van a cobrar un poquito menos porque son menos días de intereses. Pero, como habrán notado, a las empresas grandes se les va a empezar a pagar en 18 días hábiles, casi el doble de lo actual. Es difícil que esto no provoque desajustes financieros a las empresas más grandes del país, esencialmente a los rubros de ventas online, hipermercados, combustibles y servicios públicos. Lo lógico es esperar que estos desajustes pasen a precios, lo cual haría que los costos de infraestructura y servicios aumenten.
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